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Informes reglamentarios de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico

En pos de continuar avanzando en materia de transparencia, el CONICET informa cambios en la modalidad de evaluación.


El Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) busca constantemente mejorar los procedimientos de evaluación que prevé el Estatuto de la Carrera del/la Investigador/a Científico y Tecnológico (CICyT). A través de un abanico de acciones que van desde el soporte informático hasta la modalidad de selección de evaluadoras/es que integran los órganos asesores, la publicación de procedimientos y de los criterios de evaluación por cada una de las Grandes Áreas, las diferentes iniciativas hacen énfasis en continuar avanzando en procesos que otorguen mayor transparencia y agilidad.

En ese orden, se informa que el Directorio del CONICET ha resuelto modificar el enfoque en que se instrumentará la evaluación de los Informes Reglamentarios que presentan los/las Investigadores/as, prevista en el artículo 33 inc c) del Estatuto de las Carreras.

En tal sentido, por RESOL-2023-870-APN-DIR#CONICET se aprobó un nuevo procedimiento de Evaluación que consta de dos modalidades:

● Evaluación de Seguimiento
● Evaluación Integral

La presentación de los Informes Anuales y Bienales, según corresponda, se realizará por categoría y modalidad de acuerdo al siguiente detalle:

Categoría Investigador/a Asistente: presentará su informe anual año 2023 por el período de producción científica (2022/2022). La modalidad de Evaluación de dicho Informe será INTEGRAL.

Categoría Investigador/a Adjunto/a: presentará su informe bienal en el año 2024 por el período de producción científica (2022/2023). La modalidad de Evaluación será INTEGRAL.

Categorías Investigador/a Independiente, Principal y Superior: presentarán su informe bienal en el año 2024 por el período de producción científica (2022/2023). La modalidad de Evaluación será de SEGUIMIENTO.

Asimismo, se informa que la liquidación de dichos informes seguirá siendo en los términos previsto por el Decreto 1572/76, anual para la categoría Asistente, bienal para el resto de las categorías.

Para más información, clic aquí.

Preguntas frecuentes

Por consultas, comunicarse al correo infocic@conicet.gov.ar

La evaluación de Seguimiento consiste en una evaluación de tipo sumativa, realizada por sistema informático y supervisada por la Dirección de Coordinación de Órganos Asesores de la Gerencia de Evaluación y Planificación del CONICET, previendo el cumplimiento de las condiciones mínimas establecidas en los criterios de evaluación. En caso de no cumplir con las condiciones mínimas, será girado a los Órganos Asesores para la realización de una evaluación integral de la labor realizada durante el período.

La evaluación en su modalidad Integral es de tipo formativo y dará lugar a un dictamen que contenga elementos de juicio suficientes para inferir las conclusiones, las que deben estar enmarcadas en los criterios establecidos para cada convocatoria, así como los documentos aprobados por Directorio para los ejercicios de evaluación.
El dictamen definirá las siguientes situaciones
– Informe Reglamentario aceptable
– Informe Reglamentario no aceptable
– Informe Reglamentario aceptable con observaciones y recomendaciones para el fortalecimiento y continuidad en la carrera del individuo evaluado.